EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA
Es el conjunto de documentos de carácter técnico y/o económico que permiten la adecuada ejecución de una obra
COMPRENDE:
- Memoria descriptiva.
- Especificaciones técnicas.
- Planos de ejecución de Obra.
- Metrados.
- Presupuesto de Obra.
- Valor referencial.
- Fecha del presupuesto.
- Análisis de precios.
- Calendario de avance de obra valorizado.
- Formulas polinómicas.
Si el caso lo requiere, comprende:
- Estudio de suelos.
- Estudio geológico.
- Impacto Ambiental.
- Otros complementarios.
ESTE EXPEDIENTE ES ELABORADO POR:
- Un consultor de Obras, de la especialidad o especialidades que correspondan a las exigencias de cada proyecto en particular.
- Por la propia entidad (administración directa)
- Por el ejecutor de Obra (Obras ejecutadas bajo las modalidades llave en mano o concurso oferta). En este caso el ejecutor debe contar, ademas, con el registro de consultor de obra o consorciarse con un consultor de obra.
- El Ingeniero Civil.
- Ingeniero Sanitario.
- Arquitecto.
- Ingeniero Mecánico eléctrico.
Sin embargo el Consultor de Obra contratado o proyectista es el unico responsable ante la Entidad por la calidad del expediente técnico.
COMPONENTES DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA:
a) Memoria descriptiva. Brinda una visión general sobre la ejecución lógica de los distintos trabajos que se realizan en un proyecto, los antecedentes, la ubicación del proyecto, objetivos, justificación, clima, vías de justificación, clima, vías de acceso, financiamiento del proyecto, plazos de ejecución, costo final del proyecto, así como la relación de beneficiarios.
a) Memoria descriptiva. Brinda una visión general sobre la ejecución lógica de los distintos trabajos que se realizan en un proyecto, los antecedentes, la ubicación del proyecto, objetivos, justificación, clima, vías de justificación, clima, vías de acceso, financiamiento del proyecto, plazos de ejecución, costo final del proyecto, así como la relación de beneficiarios.
b) Estudios básicos y específicos. De acuerdo a la naturaleza de la obra se ejecutarán:
Estudios básicos:
- Topografía.
- Mecánica de rocas.
- Mecánica de Suelos.
- Otros.
- Canteras.
- Estabilidad de taludes.
- Partículas en Suspensión en el agua.
- Hidrología.
- Precipitaciones.
- Arcillas expansivas.
- Acuíferos.
- Calidad de Agua.
- Estudios Sanitarios.
- Otros
Los estudios deben ser realizados por personal idóneo o
especializado, debiendo acreditar los títulos
profesionales correspondientes y la experiencia
necesaria para los cargos que desempeñarán en el
proyecto.
No se deben aceptar estimaciones o apreciaciones
del Consultor sin el debido respaldo.
c) Planos de Ejecución. Es la representación gráfica mediante dibujos de la
obra a ejecutar, sus dimensiones, distribución y los
componentes que lo integran.
Constituyen los documentos que reflejan de
manera exacta cada uno de los componentes
físicos de la obra, pueden ser en dos o tres
dimensiones.

d) Especificaciones Técnicas. Constituyen el conjunto de reglas y documentos
vinculados a la descripción de los trabajos,
método de construcción, calidad de los
materiales, sistemas de control de calidad
(según el trabajo a ejecutar), procedimientos
constructivos, métodos de medición y
condiciones de pago requeridas en la ejecución
de la obra.
Cada partida o conjunto de partidas que
conforman el presupuesto de obra debe contener
sus respectivas especificaciones técnicas,
detallando las reglas que definen las prestaciones
específicas, como por ejemplo los materiales a
considerar, procedimiento constructivo, forma de
medida y pago.
Con el fin de presupuestar una obra y controlar la ejecución y el pago de la misma, se establece un desglose del total de la obra en partes denominadas partidas. Es decir, una partida se establece con la finalidad de medir, cuantificar, presupuestar y pagar una obra.
g) Presupuesto de la Obra. Tiene información de cada una de las estructuras por separado. Ninguno de los componentes del expediente técnico debe ser presupuestado en forma global, sino por medio de lo que se denomina "partidas". Cuando una municipalidad ejecuta directamente un proyecto de inversión publica, es necesario realizar una programación mensual, para contar con la disponibilidad del presupuesto.

i) Cronograma de Ejecución de Obra. Es un cronograma físico-financiero, el cual permite controlar el avance de la obra, verificando y comparando lo programado y ejecutado.
Ejemplo de Cronograma...
- El expediente Técnico de Obra debe estar visado por los profesionales responsables de su elaboración y por el profesional encargado de su revisión.
- El expediente Técnico de Obra es aprobado a través del funcionario correspondiente, suscribiendo el documento indicado en las normas de Organización Interna de la Entidad.
TIPOS DE EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA:
- Expediente Técnico Original. Es el que aprueba la Entidad con anterioridad al inicio de la obra y es utilizado en el proceso de selección para que los postores formulen su propuesta.
- Expediente Técnico adicional. Es el expediente técnico de la prestación adicional de obra es el que se aprueba y es elaborado por la Entidad de forma directa o indirecta, a través de un consultor de obra, el expediente técnico adicional podrá ser elaborado por el ejecutor de la obra, en calidad de prestación adicional de obra (Opinión Nº 083- 2011/DTN). El expediente técnico adicional será aprobado de la misma forma en que fue aprobado el expediente original.
MODIFICACIONES DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE OBRA:
Es necesario señalar que toda modificación del expediente técnico
debe contar con la respectiva justificación y el sustento técnico.
RESPONSABILIDADES:
a) Del consultor:
- En el caso de la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, en vista que el contratista es proyectista y ejecutor de obra a la vez, asume entera responsabilidad por el diseño de la obra, debiendo prever en el expediente técnico las eventualidades que puedan afectar su ejecución.
- El consultor encargado de elaborar el expediente técnico es responsable respecto a la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los servicios ofertados durante el periodo de 1 año, contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad.
- La participación del consultor no se extingue con la elaboración del expediente técnico, sino que debe prolongarse a fin de atender los requerimientos que la Entidad le formule durante la ejecución de la obra.
La Entidad asumirá responsabilidad
respecto a la elaboración del
expediente técnico cuando el mismo
haya estado a su cargo bajo
administración directa. En caso el
expediente técnico haya sido
elaborado por un consultor externo,
ello no menoscaba la responsabilidad
que la Entidad tiene respecto del
expediente técnico.
NORMAS TÉCNICAS DE OBRA:
El expediente técnico podrá incluir el cumplimiento de normas técnicas; tales
disposiciones se aplicarán cuando corresponda al objeto de la obra a ejecutar.

LINK:
http://portal.osce.gob.pe/osce/sites/default/files/Documentos/Capacidades/Capacitacion/Virtual/curso_contratacion_obras/ppt_cap3_obras.pdf







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